Código Civil

Los animales de compañía son desde hoy en España jurídicamente miembros de la familia

Una triple reforma legal los ‘descosifica’ al catalogarlos como seres sensibles El juez puede decidir la custodia en casos de divorcio Los animales de compañía tienen desde este miércoles en España un estatuto jurídico diferente al de los bienes materiales -por lo que son considerados «seres vivos dotados de sensibilidad» y no como cosas- y se les confiere una consideración de miembros de la familia. Ese cambio se debe a una triple reforma legal del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil aprobada definitivamente por el Congreso de los Diputados el pasado 2 de diciembre y publicada el 16 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El texto no especifica cuándo entrará en vigor. Fuentes parlamentarias informaron a Servimedia de que en esos casos se aplica ...

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