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martes, marzo 18, 2025

Vulneración de la libertad religiosa y el aumento de la islamofobia en España

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En el marco del Día Internacional para Combatir la Islamofobia, la Asociación Marroquí para la Integración de los Inmigrantes denuncia con firmeza la creciente vulneración del derecho a la libertad religiosa en España, particularmente en el ámbito educativo. La reciente prohibición del uso del hiyab en un instituto de Parla refleja una preocupante tendencia islamófoba en los centros educativos, y es una manifestación preocupante de la islamofobia estructural que se está consolidando en nuestras instituciones.

Cada vez más colegios prohíben el uso de esta prenda, escudándose en normativas internas y en la ausencia de una regulación estatal clara. Esto genera un vacío legal que permite la implementación de políticas discriminatorias contrarias a la Constitución Española y a los tratados internacionales sobre derechos humanos. La libertad religiosa, recogida en el artículo 16 de la Constitución, no puede ser restringida arbitrariamente por decisiones de los centros educativos. Esta decisión no solo incumple la normativa vigente en materia de libertad religiosa, sino que también contribuye a la exclusión y estigmatización de las mujeres musulmanas en nuestra sociedad.

Libertad religiosa

El Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, el órgano de consulta más alto del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, ha señalado al Gobierno la existencia de vulneraciones de derechos humanos en las prohibiciones del velo islámico en escuelas públicas.

En su informe anual de 2022, titulado «Situación de las personas migrantes y refugiadas en España», advierte que esta práctica no solo atenta contra derechos fundamentales, sino que fomenta la segregación y discriminación en el ámbito educativo. En dicho informe, el Foro insta al Gobierno a tomar medidas para evitar que estas restricciones perjudiquen a los menores, los miembros más protegidos de nuestra sociedad. Afirma con rotundidad que, lejos de promover valores de igualdad y tolerancia, este tipo de prohibiciones generan un clima de exclusión que contradice los principios fundamentales de convivencia.

Además, el informe enfatiza que portar un símbolo religioso es una decisión libre de los alumnos y que tiene un significado mucho más profundo que la mera vestimenta. En este sentido, se hace un llamado a que los centros educativos fomenten el diálogo y establezcan excepciones en sus normativas internas en lugar de imponer medidas que atentan contra la dignidad y la libertad individual.

En un contexto donde no existe una regulación estatal específica sobre el uso de símbolos religiosos en las escuelas, son los propios centros los que están adoptando normativas internas que, en muchos casos, resultan discriminatorias y contrarias a la Constitución Española. Este vacío legal está siendo utilizado para justificar medidas que atentan contra el derecho fundamental a la libertad religiosa, consagrado en el artículo 16 de la Constitución Española y protegido por la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa.

La laicidad de las instituciones públicas no implica la prohibición de las expresiones religiosas individuales, sino la imparcialidad del Estado respecto a las creencias de sus ciudadanos. Como ha señalado reiteradamente el Tribunal Constitucional, la neutralidad religiosa de las administraciones públicas es un principio esencial para garantizar la convivencia en una sociedad plural y democrática. Prohibir el hiyab en las aulas no es una medida neutral, sino una forma de exclusión que impide a muchas jóvenes musulmanas ejercer plenamente su derecho a la educación sin renunciar a su identidad.

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