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lunes, marzo 17, 2025

Sánchez delega en la Generalitat la indelegables competencias migratorias y de control de fronteras

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por José Antonio de Yturriaga

Aunque parezca imposible, Pedro Sánchez se supera cada día en sus inexplicables e inexplicados cambios de opinión o de criterio sobre temas fundamentales de la política interna o internacional de España, como los indultos y la amnistía a los sediciosos políticos catalanes, la modificación en el Código Penal de los delitos de sedición y malversación para beneficiar a los delincuentes independentistas, la generosa quita de la ingente deuda catalana y su reparto entre las demás Comunidades Autónomas de régimen común, el concierto catalán y la financiación singular de Cataluña o la cesión a esta victimizada Comunidad de las competencias migratorias y de seguridad fronteriza que corresponden en exclusiva al Estado.

El procedimiento seguido para tratar de justificar estas trapacerías jurídicas y políticas sigue -en opinión de Rafa Latorre- las siguientes fases: 1) Sánchez y sus ministros afirman que jamás adoptarán determinadas medidas por ser contrarias a la Constitución de 1978 (CE) y a las leyes, dado que el Gobierno de coalición es un escrupuloso defensor del Estado de Derecho; 2) tras sufrir un agudo ataque de amnesia, el Gobierno adopta las medidas que juró por sus ancestros sindicalistas que nunca tomaría, para complacer amablemente la petición de un estrecho aliado catalán, que -si se enfada- puede poner en peligro el mantenimiento de un Ejecutivo tan progresista; 3) el Gobierno asegura que ha llevado a cabo su desafuero de conformidad con la CE; y 4) en una encomiable labor de “pedagogía”, los portavoces gubernamentales explican de forma escasamente convincente que el giro copernicano realizado es bueno y saludable para el pueblo español y para la convivencia en Cataluña.

 

Contradicción entre los artículos 149-1 y 150-2 de la Constitución

España tiene el privilegio de contar con dos líderes carismáticos – uno dentro y otro fuera de sus fronteras-, que poseen poderes taumatúrgicos para transformar por arte de magia lo intransferible e indelegable en transferible y delegable, a pesar de esa tontuna que se incluye en el artículo 149-1 de la CE, de que el Estado tiene competencia exclusiva  en materia de « nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo”-párrafo 1-2°-, sobre puertos y aeropuertos de interés general -párrafo 1-20°-, y sobre la seguridad pública -párrafo 1-29°-.

La sentencia del Tribunal Constitucional (TC) de 2010 sobre el Estatuto de Cataluña señaló que el citado artículo no era un título horizontal que pudiera ser neutralizado por otros títulos competenciales de las Comunidades Autónomas. La exclusividad de la competencia estatal se encuentra matizada en algunos de los supuestos con la adición de la apostilla “sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las Comunidad Autónomas” u otras similares. Tal ocurre en los apartados 6 -legislación mercantil, penal y penitenciaria-, 7 -legislación laboral- 8 -legislación civil-, 17 -legislación sobre seguridad social-, 19 -pesca marítima-, 23 -legislación sobre medio ambiente-, y 28 -defensa de la cultura-. Esto implica que, dentro de la exclusividad de ciertas competencias, hay algunas que pueden ser delegadas en las Comunidades en determinadas circunstancias y con ciertos requisitos, y otras que no. La cláusula de “sin perjuicio de” no se incluye en los apartados 2, 20 y 29. En este último se incluye la frase “sin perjuicio de la posibilidad de creación de policías por las Comunidades Autónomas”, pero eso no supone que a dichas fuerzas policiales se les transfieran o deleguen competencias exclusivas del Estado en materia de seguridad.

Como ha observado Josu de Miguel, la contundencia del lenguaje del artículo 149 -sin excepciones explícitas en favor de las Autonomías- y su conexión con la soberanía del Estado, “indican que la inmigración forma parte de las competencias absolutas que no pueden ser ni delegadas ni transferidas a las Comunidades Autónomas. El legislador orgánico no puede deconstruir los elementos que definen al Estado desde la perspectiva de la soberanía”.

Pese a esta norma tan explícita -¿qué no entiende del término “competencia exclusiva”, Sr. presidente del Gobierno?-, los Grupos Parlamentarios del PSOE y de Junts per Catalunya (JxC) han presentado  en el Congreso una proposición de Ley Orgánica de delegación en la Comunidad Autónoma de Cataluña de competencias estatales en materia de inmigración. Se han basado para ello en el artículo 150-2 de la Carta Magna, que prevé que “el Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante Ley Orgánica, facultades correspondientes a materias de titularidad estatal que, por su propia naturaleza, sean susceptibles de transferencia o delegación”. Pese a su título, la proposición prevé la transferencia -aunque se camufle tras el vocablo “delegación”- de competencias, no solo de inmigración, sino también de nacionalidad, extranjería, control de puertos, aeropuertos y fronteras, y seguridad pública, las cuales -al ser de la competencia exclusiva del Estado y no se prevean excepciones- no son transferibles ni delegables.

En su magnífico artículo en “El Mundo” titulado “El acuerdo inmigratorio  PSOE- Junts quiebra el principio de soberanía”, Armando Salvador -ex letrado del TC-  ha observado que la delegación de competencias estatales  no la deja la CE a la libre disposición del legislador orgánico, sino que la limita a las que, por su propia naturaleza, sean susceptibles de delegación, y las competencias mencionadas forman parte de lo más sustancial de la idea de soberanía propia de cualquier Estado y no pueden, por tanto, ser delegadas. Se quebraría además el principio de igualdad interterritorial, pues -como ha dictaminado el TC- ha de ser el Estado quien aplique su propia legislación para garantizar el principio de igualdad en todo el territorio nacional. No sería razonable que la normativa estatal fuera aplicada por el Estado en territorios como Canarias o Andalucía -tan afectadas por la inmigración masiva- y no lo fuera en otra Comunidad no tan afectada como Cataluña, con lo que se establecería una discriminación territorial injustificada en términos constitucionales.

También dispone el artículo 150-2 que “la ley preverá en cada caso la correspondiente transferencia de medios financieros, así como las formas de control que se reserve el Estado”. Respecto a lo primero, la proposición señala que “el ejercicio de las funciones delegadas requiere del traspaso de medidas personales, patrimoniales y presupuestarias”, que correrá a cargo del Gobierno central, como lo será asimismo el incremento del Cuerpo de los Mossos en 26.800 efectivos, previsto en la disposición adicional segunda. Una vez logrado este objetivo, las fuerzas policiales autonómicas de una Comunidad de 8 millones de habitantes supondrán la tercera parte de todas las fuerzas de seguridad de un Estado de 48 millones. Todo sea por la igualdad interterritorial. En relación con lo segundo, la proposición no contiene referencia alguna a las modalidades de control que deba reservarse el Estado. Concluye Salvador diciendo que “la mutilación de esta competencia estatal da la razón al presidente de JxC, que ha afirmado que la Comunidad Autónoma de Cataluña pasaría con ello a disponer de un aspecto esencial y determinante de su existencia futura como nación”.

Veamos cómo se ha cumplido el proceso descrito por Latorre: 1) Sánchez dijo antesdeayer que la inmigración estaba diligenciada en la Administración central y que las competencias sobre ella no se podían transferir, como establece el artículo 149-1-2° de la CE. Su responsable en la materia -el ministro del Interior Fernando Grande-Marlaska- afirmó de forma categórica en el Congreso que la protección de las fronteras y el control de los flujos migratorios eran competencia exclusiva del Estado y no  se podían transferir ni delegar. La portavoz Pilar Alegría declaró que “las competencias en materia de fronteras y de inmigración irregular están referidas en el artículo 149 de la CE y, por tanto, son competencias únicas y exclusivas en la Administración General del Estado”. El Gobierno consideraba estas cesiones no solo inconstitucionales, sino también improcedentes, innecesarias y desaconsejables. 2) Sánchez ha actuado de forma radicalmente contraria a lo afirmado, y presentado junto con JxC una proposición de ley por la que se delegan tales competencias en la Generalitat de Catalunya, porque así se lo exigió Carles Puigdemont, so pena de retirarle el apoyo de sus 7 diputados y provocar la caída del Gobierno. Como es bien sabido, Sánchez es un maestro en hacer de la necesidad virtud. 3) Trece meses después, Alegría cambió el chip y señaló que el pacto acordado con el separatismo de derechas no era una transferencia, sino una delegación, que eran cosas bien diferentes. “La delegación de competencias se contempla en el artículo 150-2 de la CE. La proposición de ley nace de la Constitución y se aplica con la Constitución en la mano”. 4) La política de Sánchez ha logrado instaurar la paz social en Cataluña, como atestiguan que la Generalitat este presidida por el socialista Salvador Illa -que recibe al Rey con la normalidad institucional que le negaron los Gobiernos independentistas- o el regreso a la Comunidad de instituciones emblemáticas como el Banco de Sabadell o Criteria-Caixa.

 

Exposición de motivos

En la exposición de motivos de una ley, los legisladores suelen explicar los objetivos de la misma y cuáles son sus fundamentos. El lamentables prólogo incluido en la proposición de ley no puede ser más significativo y revela la total asunción por el Gobierno del PSOE de los dogmas más xenófobos e identitarios de un partido de derechas, que ha radicalizado aún más su posición en materia migratoria, para evitar perder votos en favor de la Alianza Catalana de Silvia Orriols, un partido aún más racista que él. Como ha manifestado uno de los pocos socialistas que van quedando, Emiliano García-Page, lo más grave es que se esté intentando que en el ámbito progresista se trague con el planteamiento absolutamente racista y de exclusiones identitarias de Puigdemont, que permite regular el tráfico de personas por cuestiones de idioma, creencia o identidad. El presidente de Castilla-La Mancha ha expresado el gran bochorno que siente como socialista, como ciudadano y como demócrata.

La inmigración ha aumentado de forma considerable en Cataluña e impactado en todos los ámbitos de la sociedad catalana. La Generalitat ha de atender a las necesidades de los inmigrantes, pero debe evitar riesgos para la convivencia y la cohesión social de la Comunidad. “Cataluña siempre ha sido un territorio fronterizo que ha cogido a mucha población procedente de fuera y ha tenido capacidad de integrar a las catalanidad a estos recién llegados”. A lo largo de los últimos 40 años se ha multiplicado la población hasta llegar a los 8 millones de habitantes, el 18% de los cuales tiene nacionalidad extranjera y, “si nos fijamos en el lugar de nacimiento, este porcentaje se eleva hasta el 25.1%”. JxC considera -y el PSOE admite- que tan inmigrante es un ciudadano nacido en Murcia como otro nacido en Casablanca, por lo que -según el texto- hay un 7.1% de españoles residentes en Cataluña que son “forasteros” y que podrían recibir el mismo trato que los extranjeros, sobre todo si no tienen suficiente conocimiento del catalán.

Con la delegación de competencias, se trata de facilitar a la Generalitat los recursos legales, técnicos económicos y humanos para que el fenómeno migratorio pueda gestionarse desde la proximidad y las necesidades del territorio, porque lo que importa es el territorio y no las personas, aunque sean españolas o quizás por  hecho de serlo. Con la petición para asumir de manera integral la delegación de competencias migratorias, Cataluña apuesta por un modelo de gestión basado en el establecimiento de una serie de derechos y deberes. Este marco debe ser el elemento clave que vertebre “el compromiso de integración y de respeto a los valores cívicos y conocimientos lingüísticos y culturales que definen nuestra sociedad”, un nuevo contrato social atractivo para personas recién llegadas que sirva para “proteger la cohesión de la sociedad de acogida, su lengua y su cultura”. La CiU de Jordi Pujol consideraba catalán a cualquier persona que trabajara en Cataluña; su heredera, el JxC de Carles Puigdemont, solo reconoce esta condición a los nacidos en Cataluña y a los inmigrantes -españoles o extranjeros- que hablen catalán y se integren en la cultura del país. Según David Mejía, desconfía de ellos, no tanto porque puedan cometer delitos, sino por el peligro de que causen “contaminación cultural”.

 

Competencias transferidas

Se delega en la Generalitat la ejecución de la normativa del Estado en materia de iniciación, instrucción y resolución de las solicitudes de autorización de estancias de larga duración, de residencia temporal y de residencia permanente (arts.2, 3 y 4). Se encomienda al Govern la gestión integral de los Centros de Internamiento de Extranjeros (art.7) y a los Mossos d’Esquadra “las facultades de garantizar la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades, la garantía del mantenimiento del orden, la seguridad ciudadana, la prevención e investigación de actos delictivos y, en general, el ejercicio de todas las funciones comunes en los puertos y aeropuertos”. Estas facultades se extenderán a todas las zonas de servicio tanto en tierra como en los espacios aéreo y marítimo (art.8). Asimismo se les delegan las facultades de control de fronteras relativas a la ejecución de la normativa del Estado en materia de devolución de personas extranjeras en el territorio de la Comunidad, en colaboración con el resto de las fuerzas de seguridad del Estado, conforme a los criterios de la Junta de Seguridad de Cataluña, que regula los controles internos de fronteras cuando éstos afecten a la Comunidad (art.9).

Se encargará por último el Govern de la emisión de las tarjetas de identificación

de los extranjeros autorizados por la Generalitat a residir, estudiar o trabajar en Cataluña (art10). Esta disposición es inconstitucional por no ser delegables la competencia de seguridad nacional, y porque las Comunidades Autónomas no tienen fronteras sino límites, ya que solo el Estado las tiene. Se han invertido los papeles, ya que no serán los Mossos los que colaboren con los agentes de la policía y de la guardia civil responsables de la seguridad nacional en fronteras e infraestructuras, sino al contrario, hasta que la policía autonómica adquiera una posición de monopolio. La Generalitat -sea bajo el gobierno de los independentistas o del PSC- persigue la gradual desaparición de las fuerzas de seguridad del Estado de Cataluña y, en esta ocasión, con el respaldo del Gobierno central. JxC ha mantenido  que, tras la delegación, los Mossos tendrán competencia exclusiva en materia de seguridad, mientras que Marlaska ha afirmado que policías y guardias civiles conservaran intactas sus competencias, pero ¿qué credibilidad tiene el ministro, cuando -como Sánchez- afirma una cosa y la contraria?

El Gobierno ha alegado que es normal que el Estado delegue competencias exclusivas en las Comunidades Autónomas, como prueba que se hayan producido hasta 15 delegaciones, y ha hecho hincapié en el traspaso que hizo en 1996 el Gobierno de Aznar de las competencias de tráfico, pero no es comparable el control de tráfico con el control de fronteras y de flujos migratorios. Se perodujo un desarrollo del sistema autonómico sin que se impugnará el modelo de Estado, cómo está haciendo el Gobierno de Sánchez con sus concesiones, que llevan a la implantación de un modelo de corte confederal. El Gobierno dice que la proposición no pretende una delegación,  sino una “colaboración” entre las distintas fuerzas de seguridad del Estado. Sánchez ha manifestado que es normal que colaboren estas fuerzas, pero esto no es cierto porque los Mossos no son una de ellas. Según la Ley de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de 1986, éstas están formadas por la Policía Nacional y la Guardia Civil (art.9).

 

Exigencia del conocimiento de la lengua catalana

Aunque aún no se ha aprobado la Ley, JxC ya ha preparado un proyecto de Ley migratoria catalana que establece que el conocimiento del catalán será un requisito imprescindible para conceder la residencia o permisos de trabajo a los extranjeros que lleguen a Cataluña. Quiere mantener la iniciativa para que la ley que se apruebe en el Parlament se aplique ”con mentalidad de Estado”.  Puigdemont ha manifestado que el catalán es imprescindible para demostrar que se está enraizado en Cataluña y, si una Administración tiene que hacer un informe de arraigo para renovar una residencia o conceder la ciudadanía, deberá señalar que el conocimiento de la lengua catalana es indispensable para que se emita un informe favorable. Jordi Turull ha dicho que “si conocer el castellano en Zamora es un requisito para obtener los permisos, conocer el catalán para los que estén en Cervera o  Palafrugell también tiene que ser, como es normal, porque el catalán es la lengua propia de Cataluña”. La afirmación del secretario general de Junts contiene una doble falacia. En primer lugar, porque es falso que en Zamora o en cualquier otro municipio español se exija a los extranjeros el conocimiento del castellano para obtener papeles y, en segundo, porque -según la CE y el Estatuto de Autonomía- las lenguas cooficiales en Cataluña son el español y el catalán, y si eventualmente se requiriera el conocimiento lingüístico, bastaría con que se tuviera sobre cualquiera de ellas. La CE establece que el castellano es la lengua española oficial (art.3-1) y se debe usar en todo el territorio de la nación, incluida Cataluña. Para Turull, la Ley acordada con el PSOE permitirá tener las herramientas de Estado para hacer posible  el “Catalunya un sol poble”.  

El ministro de la de la Presidencia, Félix Bolaños, negó  que en el pacto con JxC se hubiera establecido que el conocimiento de la lengua catalana fuera un requisito indispensable, y la ministra de Migraciones, Elma Sáiz, afirmó que la lengua no era un requisito para denegar un permiso, expulsar a una persona o prohibirle la entrada en España. “A esta delegación de competencias se le va a aplicar la Ley de Extranjería, en la que el conocimiento es un idioma no es un requisito”. Poco después, Sánchez contradijo a sus ministros, al declarar que la Ley de Extranjería requería que los residentes en España conocieran las lenguas del país. Una vez más, el presidente no está en lo cierto -¿de que le servirá el ingente número de asesores con que cuenta?-, porque lo que dice la citada Ley es que el Gobierno favorecerá la incorporación de los inmigrantes al sistema educativo, “garantizando el aprendizaje del conjunto de lenguas oficiales”(art.2-ter). Una cosa  es que el Gobierno facilite la enseñanza de las lenguas oficiales y otra bien distinta que el conocimiento de alguna de ellas sea un requisito “sine qua non” para la regularización de los inmigrantes. En la ya citada sentencia de 2010, el TC determinó que la obligación impuesta a los extranjeros de alcanzar un determinado nivel lingüístico en catalán como condición de acceso a las acciones formativas en castellano era inconstitucional y nulo, porque se apartaba del objetivo común de integración social de los inmigrantes en la sociedad española.

 

Reacciones ante la proposición de Ley

Siguiendo su habitual práctica fraudulenta, el Gobierno no ha presentado un proyecto de ley, sino que los grupos parlamentarios del PSOE y de JxC han registrado una proposición de ley, para eludir los informes de los organismos consultores ¿Por qué será? La propuesta ha tenido en general una mala acogida, incluidas algunas personalidades socialistas, como García Page o Felipe González, que han comentado que el Acuerdo no tiene encaje en la Constitución. Es natural que los partidos de la oposición se opongan al texto, por considerarlo inconstitucional, al transferir a Cataluña unas competencias exclusivas del Estado que no son transferibles. Así, el PP ha declarado que denunciará la ley por inconstitucional ante el TC y que la derogará cuando llegue al Gobierno. Asimismo ha instado a la Comisión Europea a que examine la legalidad y las consecuencias del pacto PSOE-Junts, para impedir el deterioro de la seguridad de las fronteras de la UE. Como ha observado Gorka Maneiro, el Gobierno va contracorriente, porque -mientras la Unión pretende que las competencias sobre las fronteras y su control sean asunto europeo-, en España se pacta traspasarlos a una Comunidad Autónoma -y solo a una-, y a un partido que no gobierna en esa Comunidad y con cuyos planteamientos migratorios abiertamente discrepa. El PSOE asume lo peor del pensamiento ultra para mantenerse en el poder con la excusa de evitar que gobiernen los ultras. Lo paradójico es que el Gobierno no frene las pretensiones de los independentistas y sea corresponsable, coautor y facilitador de las mismas. No deja de ser curioso que la ministra Saiz afirme que el Gobierno no va a aceptar la actitud anti-inmigración de los ultras de Vox, pero en cambio respalda y condona la actitud similar de los ultras de JxC.

Si es normal que los partidos de la oposición se opongan a esta ley, no lo es tanto que lo hagan una parte del Gobierno y sus aliados. Dentro del gubernamental Sumar, han mostrado reparos Compromís, Más Madrid e Izquierda Unida por considerarla xenófoba y racista, mientras Yolanda Díaz hace juegos malabares para sorber y soplar, así como para coordinar a su descontrolada tropa. El coordinador de IU, Antonio Maíllo, se ha referido al delirante relato de la pija catalanista Miriam Nogales (¿?), en clave clasista, derechista y reaccionaria, y exigido muchas modificaciones para que sus parlamentarios pueden respaldar una ley sobre la que tienen dudas técnicas, legales e ideológicas. Los más beligerantes han sido los de Podemos, que han considerado el texto no solo estrafalario, sino también xenófobo y racista. Su portavoz, Pablo Fernández, ha declarado que no es un acuerdo para descentralizar competencias, sino para descentralizar el racismo. “El acuerdo normaliza y legítima el racismo institucional”. En consecuencia, Ione Belarra le la dicho al PSOE que no cuente con los votos de Podemos y que su posición seguirá siendo que NO. Si se mantienen estas posiciones, será harto improbable que el acuerdo reciba luz verde en el Congreso. A Sánchez no le importa las pataletas de Puigdemont, porque él ha cumplido al presentar el acuerdo redactado por los Boyes de JxC y, si el Parlamento no lo aprueba, no es culpa suya. En este juego de trileros, Sánchez ha tenido por ahora las de ganar, pensando en el refrán español de que “quien roba a un ladrón, tiene cien años de perdón”.

Si al final saliera adelante la ley, sería un precedente gravísimo. Al comienzo del procès, los independentistas solicitaron una delegación de competencias para convocar un referéndum sobre el futuro político de Cataluña, al amparo del artículo 150-2 de la CE, pero su petición fue rechazada por el Congreso por 299 votos en contra y solo 47 a favor. Como ha señalado acertadamente Joaquim Coll, “si los atributos de soberanía conceptualmente intransferibles, como el control de la inmigración y de las fronteras, se aceptan como divisibles territorialmente, volvemos a la casilla del 2004. El futuro que nos aguarda parece que está escrito. Si en 2027 Sánchez depende de nuevo de los votos de Junts y de ERC para la investidura, la moneda de cambio será la delegación de competencias vía 150-2, para convocar un referéndum sobre el futuro de Cataluña. El abrelatas de la secesión se volverá a poner encima de la mesa”.

Madrid, 14 de marzo de 2025

Enviado por José Antonio Sierra

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