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martes, febrero 11, 2025

Reforma de la Ley de Dependencia. Derechos de papel

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  • Mientras congela la financiación del Sistema de Atención a la Dependencia, el Gobierno propone una reforma de la Ley sin recursos para su efectividad.
  • Es necesario valorar el impacto negativo de género que tienen estas políticas descomprometidas con los cuidados, ya que éstos siguen recayendo de manera abrumadora en las mujeres
Durante los años 2021, 2023 y 2024, el Gobierno asumió su compromiso con la efectividad de los derechos de las personas en situación de dependencia con el llamado “Plan de choque”, que supuso un incremento anual de 600 millones de euros a través de las Comunidades Autónomas (en total, 3.793 millones de euros de incremento acumulado de financiación estatal). En 2024 se frena este incremento de financiación estatal y, a cambio, el gobierno propone una reforma de la Ley añadiendo nuevos derechos cuando todavía están muy lejos de garantizar los que reconoce la actual norma.

El incumplimiento de la Ley de Dependencia

Cabe recordar que, a fecha de hoy, cuando el Consejo de Ministros va a aprobar ese anteproyecto de ley de reforma de la Ley de la Dependencia (Ley 39/2006), 270.325 persona se encuentran en las listas de espera de una Ley que se sigue incumpliendo desde hace 18 años. Que cada 15 minutos fallece una persona en estas listas de espera (34.252 personas fallecieron en 2024) y se tarda 334 días en dar la prestación o servicio (en algunas Comunidades más de dos años). Y la cuantía de las prestaciones económicas y la intensidad de los servicios son, a todas luces, insuficientes y en algunos casos ridículas (264 € al mes de media para la prestación de cuidadoras no profesionales).
Obviamente, sin incremento de financiación los nuevos derechos que esta reforma de la Ley propone reconocer, quedan en papel mojado, pura cosmética del Sistema, que sólo servirá para generar falsas expectativas a las personas en situación de dependencia y a sus familiares.
Los cambios, muchos de ellos positivos, que la reforma plantea incorporar son, de hecho, realidades ya asumidas por muchas Comunidades sin necesidad de cambiar la Ley. Otros, incluso, ya han sido acordados en el Consejo Territorial. Los restantes podría haberse resuelto por la misma vía, sin necesidad de todo lo que conlleva la reforma de una Ley. Y, lo más grave, algunos de los cambios que propone el anteproyecto de reforma de la Ley de la Dependencia ya habían sido acordados por el Gobierno y las Comunidades, y varios años después no se cumplen no porque no exista una norma sino, simplemente, por falta de financiación.
Es el caso del servicio de teleasistencia, que la reforma plantea reconocer como un nuevo derecho gratuito para todas las personas en situación de dependencia que vivan en su casa. Exactamente lo mismo que estableció el Plan de Choque del propio Gobierno. A fecha de hoy, cuatro años después, el 58% de las personas atendidas en sus domicilios NO cuentan con servicio de teleasistencia. ¿Por qué no se asegura la financiación de este derecho ya establecido, en lugar de volverlo a reconocer, sin más financiación?
La reforma de la Ley propone, como una de sus principales medidas, reforzar la atención en los domicilios. Justo lo contrario de lo que se está haciendo, porque ya el real decreto de 18 de julio de 2023 modificó la intensidad del servicio de ayuda a domicilio, pero seguimos teniendo una intensidad media de una hora diaria para atender a una persona en situación de dependencia (34 horas mensuales); y apenas dos horas (62 horas mensuales) para las personas con mayor grado de dependencia, para los Grandes Dependientes (grado III).
¿De qué manera va a reforzar la atención en los domicilios una ley que apuesta por ellos pero que no contempla un incremento de financiación para estos servicios domiciliarios o para aumentar la cuantía de las prestaciones económicas por cuidados familiares o no profesionales? Es fácil suponer que dos horas diarias de media de ayuda a domicilio en el hogar de una persona que necesita cuidados continuados y permanentes (24 horas al día 365 días al año) para todas las actividades básicas de su vida diaria (levantarse y acostarse, cambiar de posición, desplazarse, asearse, comer…) no permiten a sus familiares conciliar con una actividad laboral o personal, ni tan siquiera un cierto descanso o desahogo, a no ser que tenga recursos suficientes para contratar servicios de cuidado a su cargo. En esta situación es más fácil aun suponer sobre quien van a recaer estos cuidados, en su inmensa mayoría: las mujeres (tres de cada cuatro cuidadoras son mujeres).
En materia de derechos sociales, las normas, si no llevan aparejada una memoria presupuestaria y los consiguientes compromisos de financiación, son papel mojado. El anteproyecto de reforma de la Ley de Dependencia, que sepamos, no sólo no lleva incorporados compromisos de incrementar la ya insuficiente financiación actual, sino que no recoge ninguna modificación sobre una nueva financiación de la Ley, siendo este aspecto el más controvertido en la actual norma y que más limita su cumplimiento.
Una reforma que se propone cuando aun están “a la espera” otras normas ya anunciadas, como la Ley de Familias o la Ley de Servicios Sociales. Y cuando se ha paralizado el incremento de financiación estatal a la dependencia que supuso el “Plan de Choque” en 2021, 2022 y 2023. Es más fácil elaborar proyectos de Ley o reformas legales, que partidas presupuestarias que aseguren su cumplimiento o el de las normas vigentes.
Desde que se aprobó la Ley de la Dependencia (14 de diciembre de 2006), han pasado 18 años13 ministros o ministras diferentes. Y un Observatorio que venimos analizando, dictamen a dictamen, informe a informe, la evolución de esta norma y el cumplimiento -o no-, de sus contenidos, de las prestaciones y servicios que reciben las personas en situación de dependencia y de sus familiares. Un Observatorio que, frente a la retórica y a las normas que son papel mojado, frente a los derechos de papel, seguiremos recordando que obras son amores y que no se debe jugar con la angustia y las expectativas de personas que necesitan cuidados para sus actividades básicas de la vida diaria, ni con la de sus cuidadores o, mejor dicho, de sus cuidadoras.
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