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viernes, noviembre 22, 2024

Nueva reforma del subsidio por desempleo en vigor

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Este viernes, 1 de noviembre, entra en vigor el real decreto por el que se reforma el subsidio por desempleo y que, entre otras medidas, incrementa hasta en 90 euros al mes esta prestación durante los seis primeros meses de percepción y amplía los colectivos protegidos.

En concreto, la reforma del subsidio por desempleo establece que la cuantía, vinculada al Indicador Público de Efectos de Rentas Múltiples (Iprem), será del 95% (570 euros mensuales) los seis primeros meses; del 90% los seis meses siguientes y el 80% el resto del período, es decir, los 480 euros actuales. Eso sí, esta subida del primer año de percepción se aplica a los nuevos reconocimientos de este subsidio, no a los anteriores.

La ley incorpora un subsidio específico para víctimas de violencia machista y la compatibilidad entre la prestación contributiva del desempleo y la vuelta al mercado laboral. Ello se hará desde el mes número 13 de cobro de la prestación, con el fin de que sirva de “incentivo” a las personas que llevan más tiempo paradas para arriesgarse a regresar al mercado laboral. Además, incluye también un subsidio para emigrantes retornados a España.

También contiene como novedad que quienes tuvieron empleos a tiempo parcial puedan cobrar el subsidio íntegro, ya que lo contrario castiga especialmente a las mujeres, pues son ellas las que más están ocupadas en trabajos a jornada no completa.

Asimismo, se reducen a dos los supuestos de acceso general: el subsidio por agotamiento y por cotizaciones insuficientes. Se conserva, además, el subsidio de mayores de 52 años. Asimismo, se unifican los requisitos de acceso a la Renta Agraria y al subsidio de trabajadores eventuales del Sistema Especial Agrario, sobre el cómputo recíproco de cotizaciones del Plan de Fomento del Empleo Agrario (Profea), lo que simplifica los requisitos de acceso y la gestión de estos subsidios específicos.

MEJORA LA COMPATIBILIDAD

También se regula la compatibilidad del subsidio con el trabajo por cuenta ajena por un periodo de 180 días por cada nuevo empleo a tiempo completo o parcial sin reducción de la cuantía, es decir, seis meses. Del mismo modo, la norma también prevé facilitar la transición hacia la protección social cuando la persona beneficiaria no se reincorpore al mercado laboral.

Al mismo tiempo, se amplía el acceso al subsidio de agotamiento de la prestación por desempleo, al permitir el acceso a los menores de 45 años sin responsabilidades familiares y se unifica la duración de este subsidio en los casos de tener responsabilidades familiares con independencia de la edad en el momento de agotar la prestación. También se podrán acoger al subsidio de cotizaciones insuficientes quienes acrediten periodos cotizados inferiores a seis meses y carezcan de responsabilidades familiares.

En contra de lo que sucedía hasta ahora, se reconoce el derecho al subsidio asistencial por desempleo a los trabajadores eventuales agrarios y a las personas trabajadoras transfronterizas de Ceuta y Melilla.

Del mismo modo, se mejora la accesibilidad, ya que se suprime el mes de espera tras el agotamiento de la prestación contributiva para presentar la solicitud de subsidio por agotamiento y se amplía a seis meses el plazo de solicitud.

POLÉMICA

Por otra parte, cabe recordar que el real decreto se aprobó a la segunda, pues en enero Podemos unió sus votos en contra a los del PP y Vox, en medio de una creciente tensión entre los ‘morados’ y Sumar. Podemos denunció entonces que la norma contenía un “recorte” en la pensión futura de los mayores de 52 años acogidos a este subsidio.

Tras este revés parlamentario, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, abrió una mesa de negociación con sindicatos y patronal para mejorar el texto, logrando un acuerdo con CCOO y UGT pero no con CEOE y Cepyme. Corrigió el aspecto que exigía Podemos y el texto se aprobó en el Congreso antes de verano sin ningún voto en contra, pues se abstuvieron PP y Vox.

Para los mayores de 52 años, en la actualidad existe una sobrecotización basada en el 125% del salario mínimo interprofesional (SMI). La reforma que planteó el Gobierno incluía mejoras como la ampliación de colectivos protegidos y el aumento de las cuantías de la ayuda, pero contenía una reducción paulatina de ese 25% extra de la base mínima de cotización.

El Ministerio lo justificó porque ya no tenía tanto sentido ante la subida de más del 50% que ha experimentado el SMI en España. Pero Podemos tildó la medida de “recorte” y tumbó el real decreto-ley completo. Ahora, la cotización permanece “sin cambios” con respecto a su regulación actual.

El día de su aprobación, la vicepresidenta segunda insistió en que el subsidio “no es una paguita”, sino un derecho, y contradijo las tesis que, a su juicio, desde la “derecha” sostienen contra estas ayudas. Para la ministra, está probado “científicamente” que cuanta mejor protección se da a los desempleados, más fácil es la vuelta al mercado laboral.

(SERVIMEDIA)

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