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sábado, noviembre 23, 2024

Firmado el convenio de almazaras de Málaga con subidas salariales para tres años

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El Sindicato de Industria de CCOO de Málaga y UGT han realizado una valoración positiva sobre el acuerdo alcanzado para el convenio colectivo de las almazaras, ya que después de siete meses de intensa negociación, finalmente se ha conseguido incluir los incrementos directos recomendados en el acuerdo nacional de negociación colectiva, una pequeña revisión salarial o la ayuda a la discapacidad.

Así como incluir los permisos recientemente aprobados, unido al permiso no retribuido y el incremento de medio día más de asuntos propios, o la inclusión de los días laborables en el disfrute de las vacaciones, esta última cuestión ampliamente reclamada en el sector.

Este acuerdo alcanzado permite mejorar los salarios y reconocer nuevos derechos a las más de 2.500 personas trabajadoras que trabajan en las 350 empresas de la provincia de Málaga del sector del aceite y sus derivados.

A continuación se detalla un resumen de este acuerdo:

  • Vigencia del convenio: Desde el 1 de enero de 2023 al 31 diciembre 2025.
  • Incremento salarial: Se establece las siguientes subidas salariales
  • Incremento del 3,5%, para el año 2023.Incremento del 3,0%, para el año 2024.Incremento del 3,5%, para el año 2025.
  • Actualización salarial: Si la suma de los IPC reales de los años 23, 24 y 25 fuera superior al 10% pactado, se efectuará una actualización de las tablas con un incremento del 1% desde el 1 de enero de 2026, sin efecto retroactivo.
  • Incorporación de nuevos permisos: Se han incorporado los nuevos permisos establecidos en el real decreto 5/2023:
  • l 15 días naturales para las parejas de hecho.
  • l 5 días de permiso para accidente, enfermedad grave, hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización hasta segundo grado, incluidas parejas de hecho y convivientes en el mismo domicilio.
  • l 4 días al año por causa de fuerza mayor o para urgencias familiares, que podrán ser disfrutadas por horas.
  • l Adaptación de la jornada de trabajo hasta que las hijas o hijos cumplan 12 años.

Nuevos permisos del convenio colectivo:

  • l Desde el 1 de enero de 2024 se incrementará medio día para asuntos propios.
  • l Un permiso no retribuido de duración entre 7 días y 4 meses anuales, siempre que no perjudique la necesidad del servicio.
  • Vacaciones: Si las vacaciones se disfrutan de forma discontinua los 30 días anuales, estos serán 22 días laborables de lunes a viernes o 26 días laborables de lunes a sábado.
  • Jornada especial de verano: Se podrá implantar la jornada continuada todo el año, o el mayor tiempo posible, en aquellos servicios y puestos de trabajo que no se vean afectados por este horario.
  • Ayuda por hijos con discapacidad: Se establece un plus mensual de 70€ mensuales, siempre que el descendiente tenga una discapacidad superior al 66% recocida legalmente.

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