Incoadas diligencias previas preprocesales penales contra RENFE y sus gestores tras la denuncia formulada, que la asesoría jurídica de CGT planteó tras lo que consideramos un atropello a los derechos ciudadanos, que pudiera ser considerado delictivo conforme al código penal.
CGT denunció ante fiscalía que el gerente de Renfe OSP Andalucía anunció el 11 de noviembre que a partir del día siguiente suprimía 34 trenes de cercanías DIARIOS en el núcleo de Málaga, todos ellos encuadrados dentro de las Obligaciones de Servicio Público que la empresa está obligada a prestar y por los cuales conforme al contrato programa RENFE-Estado percibe subvenciones públicas, contrato vigente hasta 2027.
Que hasta el momento son más de 3.600 supresiones de trenes de Cercanías OSP
las que se han suprimido desde el inicio del 2021 en Málaga cuando el contrato
Programa vigente hasta 2027 establece que diariamente deben circular en nuestra
provincia como mínimo 136 servicios de cercanías (108 en la Málaga-Fuengirola
C1 y 28 en la Málaga-Álora C2).
Que las Obligaciones de servicio público se determinan en España dando cumplimiento a las directivas europeas desarrolladas mediante el Reglamento (CE) 1370/2007 cuyo objetivo es “definir las modalidades según las cuales, en cumplimiento de las disposiciones del derecho comunitario, las autoridades competentes podrán intervenir en el sector del transporte público de viajeros para garantizar la prestación de servicios públicos de interés general que sean más frecuentes, más seguros, de mayor calidad y más baratos que los que el simple juego del mercado hubiera permitido prestar.” Este es el caso de los servicios ferroviarios de Cercanías.
En el caso de España, estas bases se han establecido a través de sendos Acuerdos
de Consejo de Ministros:
.- Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de julio de 2010 por el que se establecen
las Bases para declarar de Interés Público Servicios de Transporte Ferroviario de
Viajeros.
.- Acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de diciembre de 2010 por el que se fijan las Obligaciones de Servicio Público del Transporte Ferroviario de Viajeros. Posteriormente el Acuerdo de Consejo de Ministros de 30/12/2010 que regula las obligaciones de servicio público de los servicios de transporte ferroviario de viajeros que presta Renfe-Operadora en la Red Ferroviaria de Interés General, estableció que, “por razones de eficiencia medioambiental, social y económica frente a otros modos de transporte terrestre, el Gobierno ha decidido que los servicios de Cercanías de competencia de la Administración General del Estado sean considerados de interés general, garantizándose mediante obligaciones de servicio público”.
Finalmente, en la reciente Ley 38/2015 del sector ferroviario se incorporan al ordenamiento español las nuevas normas contenidas en la Directivas europeas.