Así lo manifestó en una entrevista en la cadena Ser recogida por Servimedia, en la que señaló que fue “autoridad delegada cuando la declaración del estado de alarma”, y pidió “no olvidar” aquellos días “en los que las UCIs estaban llenas, en los que la gente moría sola”.
“Yo tengo todavía grabadas en mi retina aquellas imágenes en Ifema, con los militares velando los cadáveres, y el Gobierno hizo lo que tenía que hacer, que era el confinamiento”, subrayó, y recordó que se habla “de una sentencia que todavía no se ha puesto”, cuando el Constitucional ya se pronunció sobre la cuestión “en un auto del 30 de abril del año pasado, es decir un mes después de declararse el estado de alarma”.
En dicho auto, señaló Margarita Robles, “el propio Tribunal Constitucional decía que la única forma de salvar vidas y evitar lo que estaba pasando era un confinamiento o una limitación extrema de los contactos entre las personas”. Además, “decía que el legislador, en el año 81, no había podido prever de ninguna manera las circunstancias que daban lugar al estado de alarma”.
A juicio de la titular de Defensa, el TC “ya reconocía que el confinamiento, que fue lo que hizo el Gobierno, era la única posibilidad de salvar vidas”. Robles apuntó también que, en ese auto, el Constitucional “pone en valor la declaración del estado de alarma porque dice que no se trata de una situación de orden público, sino un tema sanitario”, y recalcó que “en ningún momento (…) cuestiona ni tan siquiera que pudiera ser inconstitucional la declaración del estado de alarma».
“A mí me duele que el TC haya entrado en ese debate, que es muy respetable, lo entiendo”, dijo Robles, pero “muchas veces los juristas e incluso los jueces van detrás de la realidad social”, por lo que, reiteró que “el Gobierno hizo lo que tenía que hacer con el confinamiento. El Gobierno actuó con arreglo a la legislación, y esta sentencia obedece a lo que yo llamo elucubraciones doctrinales”.
Robles también mostró su decepción por las filtraciones de los últimos meses de los debates internos que tenía sobre esta materia el TC, y apostilló que “las elucubraciones doctrinales no deberían plasmarse en las sentencias”.