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domingo, diciembre 1, 2024

Ofrecer precios más bajos en rebajas no implica pérdida de derechos del consumidor

Los establecimientos que anuncian rebajas deben mantener las mismas prestaciones que ofrecen el resto del año a las personas consumidoras.

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La Dirección General de Consumo de la Consejería de Salud y Familias recuerda este lunes 1 de julio a la ciudadanía, coincidiendo con el inicio del calendario tradicional de rebajas de verano, que ofrecer precios más bajos en este periodo no puede implicar la pérdida de derechos en materia de consumo. Los establecimientos que anuncian rebajas deben mantener las mismas prestaciones que ofrecen el resto del año a las personas consumidoras.

En un comunicado, Consumo subraya que los comercios están obligados a aceptar los mismos medios de pago que admitan habitualmente y deben permitir el cambio del producto o devolución del importe si antes así se admitían, pudiendo modificarse las condiciones y términos en que éste se produce, lo que deberá en todo caso ser debidamente informado siempre que no se informe a la persona consumidora de lo contrario.

Asimismo, se recuerda que la legislación reconoce a los consumidores un derecho de garantía en el caso de que los productos sean defectuosos, y que este derecho es aplicable con independencia de que se realice una venta en rebajas o fuera de ellas.

Junto con estas recomendaciones, la Dirección General aclara en su web (consumoresponde.es) que un establecimiento no podrá anunciar la venta en rebajas cuando ésta afecte a menos de la mitad de los productos ofrecidos en el mismo. Recuerda además que la venta en este periodo de descuentos no podrá afectar a productos deteriorados, artículos adquiridos con esta finalidad, ni artículos que no estuvieran dispuestos en el establecimiento para la venta al consumidor final, con un mes de antelación a la fecha de inicio de las rebajas.

CON EXISTENCIAS SUFICIENTES

Por otra parte, cuando se anuncie la venta de un producto a precio rebajado, Consumo aclara que se deberá disponer de existencias suficientes de productos idénticos para ofrecer al público en las mismas condiciones prometidas. Las existencias estarán en relación a la duración de la oferta y a la importancia de la publicidad.

En lo relativo a aspectos como la información al consumidor, en el interior del establecimiento deben diferenciarse claramente los artículos rebajados de los que no lo están. Para informar sobre el ahorro que se obtiene, el establecimiento tiene obligación de anunciar en cada producto rebajado, junto al precio habitual, y sin superponerlo, el precio final.

Para garantizar los derechos de los consumidores, la Junta de Andalucía desarrolla anualmente una campaña de inspecciones en diferentes comercios andaluces, para comprobar el cumplimiento de la normativa vigente. Durante los controles que efectúan los Servicios Provinciales de Consumo, en colaboración con la Dirección General de Comercio, se verifica que los productos rebajados son los mismos que estaban a la venta un mes antes del inicio de las rebajas, así como que realmente se ha producido una disminución en el precio de venta al público.

Asimismo, se comprueba la claridad en la información sobre los precios, con indicación del precio habitual y del rebajado, así como que los artículos rebajados se encuentran en perfectas condiciones de calidad y que se mantienen los mismos derechos para los consumidores que fuera del periodo de rebajas.

En relación a la campaña de inspecciones de rebajas 2019, se ha llevado a cabo una primera fase, para el periodo de invierno, y ya se está desarrollando la segunda fase, para las rebajas de verano, que tienen lugar del 1 de julio al 31 de agosto.

Durante la primera fase han sido realizadas 604 actuaciones inspectoras en un total de 439 comercios en Andalucía, habiéndose levantado 9 actas positivas (23, en 2018), lo que supone un 1,49% del total (3,4% en 2018).

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