El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 6 de Málaga ha dictado sentencia que estima totalmente la demanda presentada por la familia de una niña por los daños causados a la pequeña por la extubación sufrida en un hospital de la capital y el daño cerebral causado por falta de oxígeno. Así, se condena al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a indemnizarles con la cantidad de 1.236.000 euros.
La demanda fue presentada por el abogado Damián Vázquez, perteneciente a los servicios jurídicos de la Asociación ‘El Defensor del Paciente’, que han señalado que la sentencia «reconoce la existencia de varias negligencias médicas, mostrando una gran sensibilidad y humanidad en su fundamentación jurídica lo que es de agradecer».
Los hechos sucedieron, según han explicado desde dicha asociación a través de un comunicado, en febrero de 2011, cuando la menor –nacida en diciembre de 2000– ingresó en el Hospital Materno Infantil por un cuadro de neumonía e insuficiencia respiratoria.
Tras pasar dos días en planta de pediatría «con mala evolución», y al serle diagnostica además gripe A, neumonía bacteriana e insuficiencia respiratoria aguda, se decidió su traslado a UCI pediátrica y su intubación hasta que la medicación hiciera efecto y mejoraran sus problemas respiratorios, manteniéndola sedada para evitar que tuviera molestias o se moviera.
En la demanda presentada se destaca «la demora» en su ingreso en la UCI pediátrica, al tardar varios días y «tardanza» en iniciar el tratamiento contra la gripe A. Durante los días que la menor permaneció en la UCI, los facultativos aconsejaron a sus padres que no se quedaran con su hija durante la noche, que así descansaría mejor ya que de todas formas estaría sedada.
Por esto, los padres pasaban las noches intentando descansar en el coche, «preguntando siempre por su hija al personal del hospital quienes siempre les decían que estaba estable y dormida, y que no se preocuparan por nada», según han manifestado desde la asociación de pacientes. La madre incluso uno de los días estuvo hablando con su hija asintiendo la menor y siguiendo la conversación, aunque sin poder hablar al estar intubada.
Esa noche su madre preguntó al personal del hospital si podía quedarse con ella ya que la veía muy despierta; aunque le volvieron a aconsejar que se fueran a descansar y que la niña estaría toda la noche sedada. Pero, sobre las 03.30 horas los padres recibieron una llamada del hospital y les comunicaron que su hija había sufrido una parada cardíaca tras una extubación accidental. En un primer momento un médico les informó que la parada había sido larga, de entre 15 a 30 minutos.
Se reclamó por «una evidente negligencia médica, ya que durante la parada cardiaca la facultativa de UCI intentó con dificultad volver a intubar a la menor sin conseguirlo, por lo que tuvo que avisar al anestesista de guardia, que tardó en llegar, permaneciendo mientras tanto con ventilación no invasiva, con incapacidad para mantener esfuerzo respiratorio adecuado y presentando OVAS con desaturación».
Desde ‘El Defensor del Paciente’ han indicado que «en ningún momento se les dio a los padres una explicación clara sobre el motivo por el que se produjo la extubación, si estaba o no sedada o cuánto tiempo exacto duró la parada cardíaca y el por qué no estaba convenientemente vigilada y supervisada y por qué no supieron actuar con más diligencia».
La menor permaneció en la UCI pediátrica hasta el 17 de marzo, y en ese tiempo superó la neumonía y la gripe A; «sin embargo el daño a nivel cerebral a consecuencia de la demora en solucionar la extubación se confirmó, presentando tras los exámenes neurológicos apertura ocular espontánea aunque sin responder a órdenes, no conexión con el medio, no respuesta a órdenes verbales, sin que presentara ningún cambio o mejoría durante su estancia en la unidad».
El abogado Damián Vázquez durante el juicio también denunció «otra nueva negligencia médica, ya que al permanecer en la planta de pediatría, agravaron más la situación de la menor con la colocación inadecuada, por parte de una enfermera, de una sonda nasogástrica, por lugar inadecuado, comenzando a tener dificultad para respirar».
Los padres se percataron, según han señalado en el comunicado, que «la medicación no pasaba por la sonda, por lo que fue retirada por si estaba obstruida». Tras esto, de nuevo tuvo que ser ingresada en la UCI y una vez realizadas las correspondientes pruebas radiológicas, analíticas y extracción de líquido, se descubrió que la sonda «fue mal colocada».
Fruto de todo ello la paciente ha quedado «en situación de gran invalidez y dependencia de terceras personas, con muy escasa relación con el medio, psiquismo muy deficiente, lenguaje nulo, vigil, no responde a estímulos visuales, tetraparesia espástica de predominio en MMII y encefalopatia hipoxica, necesitando rehabilitación por daño cerebral».
Según han indicado, «si se produce una extubación, el paciente no puede respirar por sí solo, porque está sedado, lo que se traduce en una mala oxigenación del cerebro y en la muerte de neuronas por la hipoxia cerebral si no se actúa con rapidez o se tenía asegurada la vía respiratoria». En este caso estuvo al menos 18 minutos en esa situación «causando daño cerebral».
Además, se actuó «de forma incorrecta» cuando se produjo la extubación al aplicar una ventilación forzada sin intubación, «que está contraindicada en una niña que está sedada, porque además de no funcionar, llena el estómago de aire». «Se aplicó una técnica ventilatoria contraindicada», se señala, apuntando que esto retrasó «aún más la intubación, prolongando aún más el tiempo sin oxígeno y agravando las secuelas».
Para el juez, de la prueba pericial se desprende que fue «la extubación accidental y las actuaciones posteriores las que llevaron al desastre neurológico de la menor» y que «dicha situación se podía haber evitado», por lo que la sentencia, que no es firme aún, señala que existe «evidente relación causal entre dicha actuación de la administración sanitaria (SAS) y el daño causado».