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lunes, noviembre 25, 2024

La Diputación anima a empresas y autónomos a participar en el plan para estimular la contratación de parados de larga duración

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La institución provincial dedica este año, por primera vez, 800.000 euros a esta iniciativa

El plazo de presentación de solicitudes para acogerse a las ayudas concluirá el 1 de octubre

Las cuantías irán destinadas a subvencionar salarios y cuotas patronales de la Seguridad Social de la persona contratada

La Diputación de Málaga anima a empresas, autónomos y profesionales de la provincia a que participen en el programa para estimular la contratación de personas desempleadas de larga duración. La institución provincial destina este año, por primera vez, 800.000 euros a esta iniciativa, que contempla la concesión de subvenciones para incentivar la reincorporación al mercado laboral de personas mayores de 30 años.
La convocatoria, publicada en el BOP del 31 de julio, establece que las empresas interesadas en participar podrán presentar sus solicitudes hasta el 1 de octubre. Se puede recabar más información sobre este programa en el servicio de Empleo de la Diputación, contactando por teléfono (952 069 367 / 369) o por correo electrónico (desempleadoslargaduracion@malaga.es). Y también en la web www.malaga.es/empleo.
Las cuantías que se concedan irán destinadas a subvencionar salarios y cuotas patronales de la Seguridad Social de la persona contratada, y las ayudas oscilarán en función de la duración de los contratos y de la edad de las personas desempleadas.
En el caso de contratos indefinidos (aquellos que tengan una duración de, al menos, dos años), se concederán 13.000 euros por la contratación de personas mayores de 45 años, y 10.000 euros por la de personas entre 30 y 44 años.
Por lo que respecta a contratos temporales, la Diputación aportará 6.000 euros por un periodo de contratación mínimo de 6 meses de personas mayores de 45 años, y 4.000 euros en el caso de personas que tengan entre 30 y 44 años. Estas cantidades se incrementarán en uno y otro caso, en 600 y 400 euros, respectivamente, por cada mes adicional de contratación hasta alcanzar una duración máxima de 12 meses.
En ambas modalidades de contrato, la cuantía se reducirá a la mitad cuando el trabajo sea de media jornada, exigiéndose que el sueldo no sea inferior al establecido según el convenio colectivo de aplicación o, en su defecto, al salario mínimo interprofesional, que se sitúa en 735,90 euros mensuales.

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