El Sindicato CCOO ha aplaudido la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 13 de Málaga que declara el derecho de una trabajadora a hacer uso de la concreción horaria para cuidado de hijos menores de 12 años en el Parador de Gibralfaro.
Según esta organización sindical, la dirección de la empresa negó a la trabajadora la citada concreción en base a que ya existían dos personas con concreción horaria.
Sin embargo, la trabajadora, delegada sindical de CCOO, interpuso una demanda de derecho, que ha sido resuelta de forma favorable.
Según ha informado el secretario general de CCOO en Paradores Andalucía, Vicente José Martín, “tras negarse la dirección del Parador de Gibralfaro en ofrecerle la concreción horaria a una de sus trabajadoras para cuidado de hijos menores de 12 años, esta mujer, que resulta que es delegada sindical de esta organización se puso en contacto con nuestros servicios jurídicos. Se interpuso una demanda de derecho, ya que entendemos que se estaban vulnerando los derechos de esta trabajadores”.
Al respecto, según ha explicado Martín, “el Juzgado de lo Social número 13 de Málaga ha dictado sentencia favorable para esta mujer y se le reconoce el derecho a la concreción horaria de su jornada reducida por guarda legal de 8:00 a 15:00 horas con descansos alternos en los días viernes- sábados y sábados-domingos”.
El Sindicato aplaude dicha sentencia y felicita a esta trabajadora porque en ningún momento ha dejado de luchar por el derecho a que su vida laboral le impidiera atender debidamente a sus hijos tal y como su convenio colectivo contempla.
Además, CCOO lamenta, una vez más, que en una empresa pública como Paradores se judicialicen asuntos tan básicos como el cuidado de menores y la conciliación de la vida familiar y laboral.