Ha sucedido en Cantabria y el juez ha dictaminado que el exmarido deberá indemnizar a su exesposa con 23,618€
Estos son los hechos: El matrimonio estuvo separado y después del 2007 al 2013 reanudó la convivencia. Durante estos años, la mujer dejó su trabajo asalariado fuera del domicilio para dedicarse totalmente a las tareas domesticas. En Mayo del 2013 se dictó la definitiva sentencia de divorcio y se separaron definitivamente. Estaban casados en régimen de separación de bienes
Explica la Audiencia que durante ese segundo periodo de convivencia la mujer abandonó su trabajo para dedicarse en exclusiva a las labores del hogar, «haciendo posible que el marido prescindiera del servicio doméstico remunerado que hubo de contratar cuando estaban separados».
El tribunal entiende que el hombre ha resultado «beneficiado» por esta situación, «ya que el cónyuge que se ha dedicado a trabajar fuera del hogar familiar ha podido, con sus ingresos, aumentar su patrimonio personal, mientras que el otro ha dedicado su tiempo y esfuerzo a la atención de la familia, no viendo beneficiada su posición económica al final del régimen de separación de bienes».
El tribunal consideró que el trabajo en la casa es una forma de contribución a la economía familiar y que debe tener su compensación remunerada.
Para calcular la cuantía que la mujer tiene derecho a percibir se ha tenido en cuenta el salario mínimo interprofesional, reduciéndolo en un 50%, considerando que el trabajo prestado también redundó en la satisfacción de la propia trabajadora.
Esta sentencia se podrá recurrir ante el tribunal superior de justicia de Cantabria.